Opinión

El Tribunal Constitucional nos produce un auténtico estado de alarma

Sábado 17 de julio de 2021

El fallo del Tribunal Constitucional dictamina que no se ajusta a ley el Estado de Alarma que tantas vidas salvó en el momento más salvaje de la pandemia del Covid. Esta sentencia está tan fuera de la realidad y de la lógica que lamentablemente huele mucho a tufo de artillería política contra el actual Gobierno de coalición. Sin entrar en profundidades de terminología jurídica, que pierde muchas veces de vista la razón, sólo con una simple ojeada a la decisión del TC queda de manifiesto, por si no hubiera ya demasiadas evidencias, que los altos órganos judiciales de España, (como también el Supremo y el CGPJ, caducado hace ya dos años) y con mayoría de magistrados de ideología conservadora, llevan ya tiempo coincidiendo muy sospechosamente con decisiones políticas, en lugar de dedicarse a lo suyo: la administración independiente de la Justicia. 



El fallo judicial del Tribunal Constitucional, redactado por el magistrado Pedro González Trevijano, desvela algunas justificaciones jurídicas en las que se ha basado el TC para declarar inconstitucional el Real Decreto que activó, el Gobierno de Pedro Sánchez, el Estado de Alarma en marzo de 2020. Al dictaminar que fue ilegal dicho RDL, que nos protegió de la devastadora expansión brutal del Covid 19 en los primeros meses, y que tantas vidas salvó, tanto en España como en resto de Europa y del mundo, el Tribunal Constitucional, de mayoría conservadora, está dejando claro lo lejos que está de la independencia judicial. Tanto que nos lleva a preguntarnos, ya desde hace unos años, si el TC, -y otros organismos judiciales que llevan años caducados- trabajan para España y los españoles o bien lo hacen a favor de su propia ideología y la del partido que mayoritariamente les nombró. La mayoría de los magistrados del TC están nombrados por el gobierno de Rajoy cuando tuvo la mayoría absoluta, una realidad que ya no obedece a la actual composición del Parlamento. Pero constituye una clara baza política que se reserva el PP actual, confiando en que sus muchas causas judiciales pendientes (Gürtel, Bárcenas, Lezo, Púnica, financiación ilegal, caso Granados, caso González, Rato... etc) recaigan en sus últimas instancias con magistrados afines al partido.

Es grave, por no decir perverso, que una decisión de extrema emergencia, que fue ratificada unánimemente por prácticamente todo el Parlamento, y además varias veces durante los primeros meses de la pandemia, sea ahora utilizada como otra nueva arma política, una más, de acoso y derribo al Gobierno legítimo de España.

 

Señores Abascal y Casado, sobre todo éste último, repasen un poco la hemeroteca y no hagan más el ridículo. Por el amor de dios, dejen de justificar una cosa y su contraria en el mismo contexto con, a veces tan sólo unos días, e incluso unas horas de diferencia. ¿Tan bajo ha caído el umbral de respeto intelectual a la ciudadanía que todo les vale. La tesis y la antítesis en el mismo discurso? Por otro lado, una oposición responsable tiene tanto que hacer por España y por ayudar a salir adelante de esta post-pandemia y catastrófica situación en la que nos ha dejado a la mayoría de los países, que es antipatriótico gastar la energía y el sueldo de los españoles en crispar, judicializar y enfangar la política. Arrimen el hombro, ayuden en algo.  

Por otro lado, la reiterada utilización política de la Justicia, ya echa humo por los cuatro costados. Empezando por algo tan fundamental y conocido como que el Consejo General del Poder Judicial, y otros organismos, que ya deberían haber sido renovados hace dos años. Así lo dice la Constitución. El auténtico estado de alarma es éste que nos está afectando a la mayoría de los demócratas al ver que tenemos unos altos tribunales que ya ni se molestan en disimular su falta de independencia. Lo que podría empujar a muchos demócratas a dejar de creer en la Justicia, sobre todo con sentencias tan surrealistas como la que nos ocupa, que como han manifestado algunos jueces y juezas roza casi el insulto a la inteligencia humana.

 

En términos jurídicos, este fallo se enuncia de una manera que no se centra en la rapidísima oleada de enfermedad y muerte que asoló a España, a Europa y al mundo, especialmente durante los meses de marzo a mayo, donde en todo el mundo, los diversos gobiernos decidieron encerrar en sus casas a la ciudadanía para dar un respiro a los hospitales y las funerarias que no daban abasto para enterrar a las víctimas en auténtica y terrible soledad. Más de ochenta mil muertos en España, cientos de miles de enfermos y muchos con secuelas de por vida y casi cinco millones de fallecidos (oficiales) en el mundo, lo corroboran y… sin embargo, ahí tenemos al TC, articulando sentencias tan fuera de la realidad como incomprensibles. Negar la evidencia científica corroborada por decenas de organismos que aseguran que estas medidas de confinamiento salvaron al menos a medio millón de vidas humanas aquí en España, y varios millones en Europa y en el mundo, si que es alarmante. 

A muchos juristas, entre ellos Joaquim Bosch, de la Asociación  Juezas y Jueces para la democracia, les da la impresión de que seis magistrados de los once que componen el Tribunal Constitucional, hubieran creado un fallo “ad hoc” para reforzar la queja política de la derecha y extrema derecha española. Que Vox, un partido ultraderechista, sea el que denuncie y  recurra contra aquello que apoya, y que el PP lo secunde, si que resulta alarmante y altamente preocupante para los españoles. Como expresa la  ministra de Defensa, Margarita Robles, magistrada a quien tampoco convence el fallo,  “podría tener profundas repercusiones legislativas hasta tal punto que en el futuro no quede más solución que modificar la actual Ley Orgánica que regula el Estado de Alarma,  de Excepción y de Sitio”

 

El fallo del alto tribunal se fundamenta -de forma muy endeble- sobre la creencia de que lo que ocurrió en marzo de 2020 fue una suspensión de derechos como el de libre circulación, mientras que los jueces que votaron en contra del fallo  consideran que solo hubo una limitación, muy estricta eso sí, como demuestra el hecho de que se recogían algunas circunstancias justificadas en las que sí se podía salir del domicilio (compras de primera necesidad, trabajadores de servicios esenciales, urgencias...). Numerosos juristas opinan que el Constitucional ha cometido un grave error y que en aquellos días el derecho a proteger por encima de todo era el de la vida. 

Pero alarma sobre todo, que el principal partido de la oposición se aferre en no ponerse de acuerdo con el Psoe, para renovar los órganos y los magistrados, del Supremo, el CGPJ, el Defensor del Pueblo, Tribunal de Cuentas, etc. ¿Qué dirían Casado y Abascal si cuando culmine la Legislatura en 2023, el Presidente Pedro Sánchez, y su Gobierno, se aferran a sus sillones y pasan otros dos años sin convocar elecciones?. Pues eso. La opinión pública, de ambos lados, tiene la convicción de que nuestros órganos judiciales han caído rehenes de una ideología, incluso reaccionaria, con tendencia a blanquear y normalizar las ideas incluso de la extrema derecha como es Vox. La duda no es extensible, desde luego, a la mayoría de los jueces y juezas españolas. Se insinúa en ciertos ambientes mediáticos, una trastienda política donde magistrados y políticos coinciden más de lo que sería conveniente en una democracia plena y sana. Y eso si da miedo.

Incluso jurídicamente tampoco tiene un pase esta sentencia, ya que, si se hubiera decretado, como afirma el TC el Estado de Excepción -en lugar del de Alarma- puesto que estos magistrados consideran que se vulneró el orden público durante ese periodo ¿no se hubieran vulnerado incluso de forma más contundente los derechos fundamentales? Era un estado de emergencia mundial,  no había tiempo de dirimir terminología jurídica, sencillamente se utilizó la figura jurídica que la Constitución tenía dictaminado para estos casos. El Estado de excepción hubiera más tiempo en poder ser decretado. además de que  su aplicación está limitada a 30 días. 

 

El Estado de Alarma es el más leve de los tres estados excepcionales (Alarma, Excepción y Sitio) y está previsto para grandes catástrofes, crisis sanitarias o paralizaciones graves de los servicios públicos como consecuencia de huelgas o conflictos laborales. En concreto, la ley orgánica que regula estos estados precisa que el de alarma es el más indicado para afrontar "epidemias y situaciones de contaminación graves" como era el caso esos meses de 2020. 

El Estado de Alarma permite al Gobierno tener bajo órdenes directas a los Cuerpos policiales, nacionales y autonómicos. Aunque, en principio, esta situación no afecta a la vigencia de los derechos fundamentales recogidos en la Constitución, algunas libertades sí se pueden ver afectadas como el de circulación o la permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados. De igual forma, permite al Gobierno practicar requisas temporales de todo tipo de bienes e imponer prestaciones personales obligatorias, así como "intervenir y ocupar transitoriamente industrias, fábricas, talleres, explotaciones o locales de cualquier naturaleza, con excepción de domicilios privados". El Gobierno lo puede declarar durante 15 días sin necesidad de la aprobación del Congreso.

 

En caso de que no hubiera sido suficiente el Estado de Alarma, el Gobierno debería solicitar del Congreso de los Diputados autorización para declarar el Estado de Excepción. Este último permite ejercer detenciones a cualquier persona si lo considera necesario para la conservación del orden, siempre que, cuando menos, existan fundadas sospechas de que dicha persona vaya a provocar alteraciones del orden público, disponer inspecciones, registros domiciliarios si lo considera necesario para el esclarecimiento de los hechos presuntamente delictivos así como intervenir toda clase de comunicaciones, incluidas las postales, telegráficas y telefónicas así como ordenar el secuestro de publicaciones. 

De igual forma, permite intervenir y controlar toda clase de transportes, y la carga de los mismos, prohibir la circulación de personas y vehículos en las horas y lugares que se determine, y exigir a quienes se desplacen de un lugar a otro que acrediten su identidad, señalándoles el itinerario a seguir así como someter a autorización previa o prohibir la celebración de reuniones y manifestaciones. También se puede restringir el derecho a la huelga de los trabajadores.

No hace falta ser un avezado jurista para concluir que la aplicación del Estado de Excepción para combatir una pandemia estaría total mente injustificado en una democracia como la española.

En fin, si los políticos de las derechas españolas y sus juristas afines quisieran preocuparse de las libertades individuales y de los derechos de la ciudadanía, deberían dedicar parte de su tiempo a promover leyes y a su aplicación para que, por ejemplo, todos los españoles tuvieran acceso a una vivienda digna, tuvieran un trabajo con un sueldo suficiente para poder hacer frente a las necesidades básicas de las persona.

En una  nación en donde se encarcela a ciudadanos por opinar, sean raperos, cantautores o poetas, e incluso se dude da la legalidad de indultar a políticos encarcelados, el más alto Tribunal de nuestro ordenamiento jurídico prefiere un Estado de Excepción para combatir una pandemia.

 

Si alguna vez, en la sana alternancia política tan necesaria en una democracia plena, el PP forma gobierno apoyado por VOX, algunos conocerán también lo que significa el Estado de Sitio.

¡Por cierto! Este TC también falló que la llamada “Ley mordaza” y la Reforma Laboral de Rajoy eran plenamente constitucionales. De que nos sorprenderemos….